“Locura” ya no es un término clínico (al menos en los EE. UU.) Y no tiene una definición acordada, excepto en ciertas circunstancias específicas.
Puedes ser institucionalizado si eres un peligro para ti o para otros. Eso es todo, ese es el estándar. No necesita estar delirando o alucinando o fuera de contacto con la realidad para cumplir con este estándar. Y muchas personas que experimentan delirios o alucinaciones no cumplen con esta norma. Puede tener un trastorno de identidad disociativo, pero mientras ninguna personalidad represente un peligro, no puede ser forzado a ingresar a una institución.
La “locura” se usa a veces en un contexto legal (aunque la “locura” está cediendo a la “capacidad mental“) para (1) referirse a la competencia para ser juzgado, o (2) como una defensa a la actividad criminal. En ese caso, por lo general, la prueba es si el estado mental del acusado no pudo distinguir la diferencia entre el bien y el mal. No importa cuán enfermo pueda estar el acusado: la prueba es si el acusado no sabía que sus acciones estaban mal.
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